Hasta este momento para pasar una ITV de carreras lo primero era comprar una ficha de homologación del vehí­culo a la Federación Española, tener todos los elementos homologados y los baquets, arneses y extintores con la fecha no caducada. Algunas federaciones territoriales hacían un certificado de que el vehí­culo cumplía con el anexo J del CDI y este documento era recomendable adjuntarlo a la documentación presentada. Tambien era necesario que un taller oficial certificase que habia montado los elementos (barras, suspensiones, frenos,…) que llevase.
Estos eran los requisitos legales pero el problema venía cuando a los trabajadores de la ITV nadie les había explicado nada, ni ellos tenían ganas de aprenderlo. Era entonces cuando te arriesgabas a que te precintasen el coche o te dijeran directamente que eso no se podía hacer.

A partir de ahora, y como acaba de publicar la Federación Española de Automovilismo, serán ellos quienes regularán la ITV para vehículos de competición por designación del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.

Su nota oficial dice:
El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio ha designado a la Real Federación Española de Automovilismo exclusivamente como la Entidad oficial que regule el procedimiento de la ITV de los vehículos participantes en pruebas deportivas, para todo el territorio español.

A partir de este momento, y como paso previo a la realización de la habitual ITV, los vehículos de competición deberán obtener un certificado emitido por la R.F.E. de A., que refleje la conformidad de las adaptaciones realizadas en los vehículos participantes en pruebas deportivas.

El Real Decreto 866/2010, del 2 de julio, reglamenta la tramitación de las reformas y establece los requisitos técnicos y administrativos necesarios para la legalización de las transformaciones realizadas a los vehículos con posterioridad a su matriculación.

Este Real Decreto establece en su artículo 5.1 que la reglamentación exigible al vehículo reformado es la indicada en el Manual de Reformas de Vehículos.
Dicho manual, es un documento elaborado por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio en colaboración con los órganos competentes en materia de ITV, que establece las descripciones de las reformas tipificadas, su condición y la documentación que precisa para su tramitación.

La sección primera de este Manual de Reformas de Vehículos establece para el Grupo de Reformas 11.5, “Vehículos para uso exclusivo de pruebas deportivas”, que el interesado deberá presentar a la Comunidad Autónoma correspondiente, un certificado relativo a esta circunstancia, emitido por la Real Federación Española de Automovilismo.

A estos efectos y con el fin de simplificar este trámite, la R.F.E. de A. será la encargada de emitir dicho certificado de conformidad técnica para que el vehículo de competición pueda acceder a la ITV. Lo hará por medio de la empresa BMR con Alfredo Rodriguez como responsable.

La solicitud será enviada a través de e-mail o fax y a su recepción BMR se pondrá en contacto con el delegado técnico para el CDCT, el cual concertará una cita para proceder a la Verificación Técnica del vehículo.
Una vez pasada esta y su resultado sea “CONFORME”, firmará el Acta de Verificación Técnica que será remitida a la RFEDA para la expedición del Certificado De Conformidad Técnica. Desde el momento de la expedición se tendrá que pasar por la ITV más próxima, donde le anotarán en su permiso de circulación las restricciones que la autoridad de tráfico de la comunidad autonómica correspondiente tenga legisladas.

Para más información se puede visitar la web de la Federación Española.